El Impuesto de Sucesiones y Donaciones ha sido objeto de importantes modificaciones en varias comunidades autónomas de España en 2025. Estas reformas buscan facilitar la transmisión de bienes entre familiares y reducir la carga fiscal sobre las herencias. En este artículo, exploraremos las principales novedades en este impuesto y cómo varían las normativas entre las diferentes regiones del país.
**Nuevas Bonificaciones en Madrid y Extremadura**
La Comunidad de Madrid ha dado un paso significativo al elevar la bonificación del 25% al 50% para las operaciones entre hermanos y entre tíos y sobrinos por consanguinidad. Esta medida se enmarca dentro de un esfuerzo más amplio para hacer el sistema fiscal más equitativo y accesible para los ciudadanos. Además, Madrid ha implementado una bonificación del 99% para descendientes, ascendientes y cónyuges, lo que significa que las herencias en estos grupos familiares están prácticamente exentas de impuestos.
Por otro lado, Extremadura ha eliminado el Impuesto de Sucesiones para familiares con vínculos especiales. Hasta ahora, la bonificación del 100% se aplicaba solo a los grupos I y II (descendientes directos y cónyuges) para herencias de hasta 500.000 euros. Con la nueva normativa, sobrinos, hijastros y otros familiares con vínculos especiales también podrán beneficiarse de esta exención, lo que amplía considerablemente el alcance de la ley.
**Comparativa de Normativas en Otras Comunidades Autónomas**
El tratamiento del Impuesto de Sucesiones varía significativamente entre las comunidades autónomas. A continuación, se presenta un resumen de las normativas más relevantes:
– **Cataluña**: Los descendientes menores de 21 años pueden recibir hasta 100.000 euros sin pagar impuestos, aunque solo pueden beneficiarse de 12.000 euros anuales hasta cumplir esa edad. Para cónyuges, el límite es de 100.000 euros, y para nietos, 50.000 euros.
– **La Rioja**: Esta comunidad ha recuperado la bonificación del 99% del Impuesto de Sucesiones y Donaciones para ascendientes, descendientes y cónyuges cuando la herencia supera los 400.000 euros.
– **Galicia**: Desde 2020, las herencias directas son gratuitas hasta el millón de euros, con reducciones significativas para ascendientes y descendientes.
– **País Vasco**: Las herencias con cuantía inferior a 400.000 euros entre descendientes, ascendientes o cónyuges están exentas de impuestos. Para cantidades superiores, se aplica un tipo impositivo del 1,5%.
– **Cantabria**: Los descendientes, ascendientes y cónyuges disfrutan de reducciones que oscilan entre el 99% y el 90%, con la posibilidad de alcanzar el 100% si la base imponible no supera los 100.000 euros.
– **Islas Baleares**: Las herencias entre ascendientes, descendientes y cónyuges no tributan gracias a una bonificación del 100% desde julio de 2023. Además, hay una bonificación del 25% para herencias entre hermanos, tíos y sobrinos.
– **Región de Murcia**: Ofrece una bonificación del 99% para ascendientes, descendientes y cónyuge, con reducciones adicionales para otros herederos.
– **Islas Canarias**: Las herencias entre ascendientes, descendientes y cónyuges están prácticamente exentas, con una bonificación del 99,9% desde septiembre de 2023.
– **Asturias**: Los herederos menores de 21 años y los cónyuges están exentos de pagar el tributo hasta 300.000 euros.
– **Navarra**: La tarifa para cónyuges es del 0% hasta 250.000 euros, y para ascendientes y descendientes, los tipos varían entre el 2% y el 16%.
– **Castilla-La Mancha**: Los descendientes menores de 21 años y los cónyuges tienen una bonificación del 100%, que se reduce al 80% si la herencia supera los 300.000 euros.
– **Andalucía**: Ofrece reducciones de hasta un millón de euros para descendientes y cónyuges, y de 250.000 euros para familiares de segundo y tercer grado.
– **Aragón**: Aplica una bonificación del 65% para herencias que no superen los 100.000 euros, con una reducción del 100% hasta los tres millones de euros.
– **Extremadura**: La bonificación del 99% se aplica a descendientes menores de 21 años y familiares directos.
– **Comunidad Valenciana**: Desde mayo de 2023, se bonifica al 99% las herencias entre cónyuges, ascendientes y descendientes.
**Implicaciones de las Reformas**
Las reformas en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones reflejan un cambio en la política fiscal de varias comunidades autónomas, buscando aliviar la carga económica sobre los ciudadanos en momentos de incertidumbre económica. Estas medidas no solo benefician a los herederos directos, sino que también amplían el alcance de las bonificaciones a otros familiares, lo que puede tener un impacto significativo en la planificación patrimonial y la transmisión de bienes en el futuro. La variabilidad en las normativas entre comunidades también resalta la importancia de estar bien informado sobre las leyes fiscales locales, especialmente para aquellos que están considerando heredar o donar bienes en el contexto actual.