El salón de sesiones del Congreso vibró con el eco de un voto ajustado: 178 diputados levantaron la mano a favor. En la otra columna, 169 se mantuvieron firmes en su rechazo. Era el 8 de junio de 2026, apenas tres días después de que el Papa León XIV, desde el puerto de Arguineguín, recordara que «son personas, su vida debe ser protegida». La reforma ya estaba en marcha.
La reforma avanza para desbloquear los recursos judiciales
El texto aprobado en lectura inicial no modifica el fondo de la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia, sino su aplicación práctica. Su núcleo es técnico y urgente: acortar los plazos de resolución de los recursos interpuestos contra las decisiones de las Comisiones de Garantía y Evaluación. Ahora, esos recursos deberán resolverse en menos de 25 días, frente a los más de 90 días que, en algunos casos, han paralizado procesos en Andalucía o Castilla y León.
El Ministerio de Justicia reconoce que, desde 2023, el 37 % de los recursos presentados ante los tribunales contencioso-administrativos han tardado más de dos meses en resolverse. En 12 provincias, la demora supera los 110 días. Esa lentitud ha generado situaciones críticas: pacientes con diagnóstico de esclerosis lateral amiotrófica en fase avanzada han fallecido sin que su solicitud fuera resuelta.
El debate no fue ideológico, sino de procedimiento y tiempo
Los grupos parlamentarios que respaldaron la reforma —PSOE, Sumar, PNV, ERC y Bildu— coincidieron en un punto: la eutanasia no es un privilegio, sino un derecho sujeto a garantías, no a dilaciones. La diputada Isaura Leal, portavoz de salud de Sumar, lo resumió en el hemiciclo: «No se trata de acelerar la muerte, sino de respetar el tiempo que queda».
Por su parte, el PP y Vox argumentaron que la reforma debilita las salvaguardas. El portavoz del PP advirtió que reducir los plazos «no garantiza más derechos, sino menos control». Vox presentó una enmienda para exigir informes psiquiátricos obligatorios en todos los casos, pero fue rechazada por 172 votos en contra.
Antecedentes legales y jurisprudencia reciente
La reforma se inscribe en la Ley 3/2021, que entró en vigor el 25 de junio de 2021 y permitió por primera vez en España la eutanasia bajo estrictos requisitos: enfermedad grave e incurable, sufrimiento intenso y voluntad libre y repetida. Desde entonces, se han registrado 2.841 solicitudes admitidas, de las cuales 1.912 han concluido con la práctica efectiva. Pero el 22 % de los recursos interpuestos han sido estimados por los tribunales, reabriendo el proceso o anulando resoluciones de las comisiones autonómicas.
En marzo de 2026, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia anuló una resolución de la Comisión de Galicia por falta de motivación en el informe psiquiátrico. El paciente, un hombre de 71 años con cáncer de páncreas metastásico, murió dos semanas después de la sentencia.
El marco normativo que regula la espera
La reforma no altera los requisitos médicos ni los plazos mínimos de reflexión (15 días entre solicitud y resolución), pero sí modifica el artículo 12.3 de la ley. Ahora, los tribunales deberán priorizar estos recursos sobre otros asuntos contenciosos. Además, se crea un registro nacional unificado de resoluciones de comisiones, accesible en tiempo real para jueces y fiscales.
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios ya ha actualizado sus protocolos para que los fármacos utilizados en eutanasia —como el tiopental sódico y el rocuronio— estén disponibles en todas las comunidades autónomas en menos de 72 horas tras la resolución definitiva.
Los afectados no esperan, y la ley tampoco puede hacerlo
En una residencia de Valladolid, una mujer de 63 años con esclerosis múltiple progresiva lleva 47 días a la espera de que el Tribunal Superior de Castilla y León resuelva el recurso de un familiar en contra de la decisión de la Comisión de Castilla y León. Su médico tratante ha certificado que su capacidad de comunicación se reduce un 40 % cada semana.
En Cataluña, el 68 % de los pacientes que acceden a la eutanasia lo hacen tras más de tres evaluaciones médicas y dos visitas a la comisión. Cada paso suma días. Y cada día, para muchos, es una prolongación del sufrimiento que la ley pretendía evitar.
Claves del asunto
- La reforma reduce el plazo máximo para resolver recursos judiciales contra resoluciones de comisiones de eutanasia de más de 90 días a menos de 25 días.
- Se aprueba con 178 votos a favor y 169 en contra, con el rechazo mayoritario de PP y Vox.
- El 37 % de los recursos contenciosos sobre eutanasia superaron los 60 días de resolución entre 2024 y 2026.
- Se crea un registro nacional unificado para agilizar la trazabilidad y evitar duplicidades o errores administrativos.
- La reforma no modifica los requisitos médicos ni los plazos de reflexión, pero sí prioriza estos recursos en la agenda judicial.
