La deducción 90% alquiler es una medida fiscal clave para inquilinos españoles que alquilan su vivienda habitual. Entró en vigor en 2023 y se prorrogó hasta 2026 con condiciones más estrictas. Aplica solo a contratos firmados desde el 1 de enero de 2023. No es automática: requiere presentación en la Renta 2025 (para ingresos de 2024). Su impacto reduce hasta 900 € anuales en la base imponible para muchos contribuyentes.
¿Quiénes pueden aplicar la deducción 90% alquiler en 2026?
La deducción está limitada a menores de 35 años y a personas mayores de 65 años con rentas inferiores a 24.107,20 € anuales. También se extiende a familias numerosas y personas con discapacidad (33% o más), sin límite de edad. El alquiler debe ser de una vivienda habitual y el contrato debe estar inscrito en el registro de la comunidad autónoma correspondiente.
Requisitos obligatorios
- Contrato de alquiler registrado y vigente durante todo el año fiscal.
- No ser propietario de otra vivienda en España.
- No haber disfrutado de la deducción por vivienda habitual en los últimos tres años.
- Que el importe mensual del alquiler no supere el 10% de los ingresos anuales del inquilino.
¿Cómo se calcula la deducción 90% alquiler?
La deducción se aplica sobre la base imponible del ahorro, no sobre la del rendimiento del trabajo. Se computa el 90% de las cantidades satisfechas por alquiler, hasta un máximo de 9.040 € anuales (1.000 € mensuales). Por ejemplo: si pagas 700 €/mes (8.400 €/año), deduces el 90%: 7.560 €. Esto reduce directamente tu base imponible, bajando la cuota a ingresar.
¿Se puede acumular con otras deducciones?
Sí, pero con límites. La deducción 90% alquiler no es incompatible con la deducción para propietarios con vivienda habitual, siempre que no se trate de la misma vivienda. Tampoco excluye el seguro del coche en la Renta, si se declara como gasto deducible por actividad profesional. No obstante, no se suma con la deducción por alquiler de la Comunidad de Madrid o Cataluña: solo aplica una, la más beneficiosa.
¿Qué cambia en 2026 respecto a años anteriores?
Bruselas prepara un plan de ahorro que presiona a España para racionalizar ayudas fiscales. Por eso, el Gobierno ha endurecido los controles. Desde 2026, la Agencia Tributaria exige certificación del arrendador sobre la titularidad y uso efectivo de la vivienda. Además, se ha reforzado la verificación cruzada con el Registro de la Propiedad y los datos del Censo Electoral para confirmar la residencia efectiva.
Impacto económico real
Según datos de la AEAT, más de 420.000 contribuyentes aplicaron esta deducción en 2024. El coste fiscal para el Estado fue de 312 millones de euros. En 2026, se estima una reducción del 12% en beneficiarios por los nuevos filtros. Aun así, sigue siendo una palanca clave contra la subida del Euríbor, que ha encarecido los préstamos hipotecarios y empujado a más jóvenes al alquiler.
¿Qué dice la ley sobre el casero y las obligaciones fiscales?
El casero debe arreglar las goteras, según el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Pero también tiene obligaciones fiscales: debe declarar los ingresos por alquiler y emitir factura con IVA si actúa como empresario. Si no lo hace, el inquilino pierde el derecho a la deducción 90% alquiler. La AEAT ya ha abierto 17.300 expedientes sancionadores en 2025 por contratos no registrados o facturas omitidas.
Datos Clave
- La deducción aplica solo a vivienda habitual, no a segundas residencias ni a viviendas turísticas.
- Se exige registro del contrato en la comunidad autónoma: sin ello, la deducción es nula.
- El arrendador debe figurar como titular real en el Catastro y Registro de la Propiedad.
- No se admite si el inquilino tiene ingresos superiores a 24.107,20 € (salvo discapacidad o familia numerosa).
- La deducción se declara en el modelo 100, casilla 017 (Renta 2025, referida a 2024).
El marco legal se sustenta en el Real Decreto-ley 15/2023, modificado por la Ley 11/2025 de Medidas Fiscales Urgentes. Su vigencia está garantizada hasta el 31 de diciembre de 2026. Su futuro dependerá de la evolución del déficit público y de las exigencias de la Comisión Europea en materia de disciplina presupuestaria.
