Una madre de Sevilla suspendió su contrato indefinido hace tres años tras el diagnóstico de leucemia aguda en su hija de siete. Hoy, con la prestación de CUME a punto de renovarse, debe gestionar tres informes médicos distintos, dos de ellos firmados por especialistas que no la atienden habitualmente. «Me dijeron que sin el informe del hematólogo del Hospital Virgen del Rocío, aunque mi pediatra del centro de salud lo firme, no vale», relata.
ASFACUME denuncia que el borrador del nuevo marco regulador de la CUME, elaborado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, no corrige las fallas del RD 1148/2011, sino que las agrava con cambios que reducen el acceso real a la prestación y profundizan la inseguridad de más de 12.400 familias que dependen de ella anualmente.
El nuevo borrador profundiza la exclusión administrativa
El texto propuesto introduce requisitos médicos más estrictos sin justificación clínica. Exige que las renovaciones cada ocho meses cuenten con informes firmados por especialistas ajenos a Atención Primaria, aunque el seguimiento del menor se realice en centros de salud o en hospitales privados concertados. Esto afecta directamente a familias de zonas rurales o con listas de espera prolongadas en servicios públicos.
ASFACUME calcula que al menos el 37 % de las solicitudes actuales serían rechazadas bajo los nuevos criterios, no por falta de necesidad real de cuidado, sino por imposibilidad de cumplir con trámites que no responden a la gravedad clínica del menor.
El horario escolar se convierte en un obstáculo para el cuidado
El borrador incorpora por primera vez el horario escolar como criterio de valoración para conceder la prestación. Esto significa que una familia cuyo menor recibe tratamiento en horario lectivo —como quimioterapias matutinas o sesiones de rehabilitación vespertinas— podría ver su solicitud denegada si el centro educativo no registra ausencias oficiales.
«No es que el niño no vaya al colegio. Es que no puede ir porque está en tratamiento o en recuperación», explica una portavoz de ASFACUME. El Ministerio no ha incluido mecanismos de acreditación alternativos, como certificados de los equipos de oncología pediátrica o informes de logopedia y psicología infantil.
El enfoque clínico se sustituye por controles burocráticos
El borrador desplaza el eje de la prestación —el impacto real de la enfermedad grave en la vida familiar— hacia indicadores administrativos. Se prioriza la documentación sobre la evaluación clínica. Por ejemplo, se exige informe de inspección médica cada dos años, aunque el menor tenga un diagnóstico crónico y progresivo como neuroblastoma o distrofia muscular.
Además, se limita la validez de los informes médicos al sistema público de salud, ignorando que el 22 % de los menores con cáncer infantil reciben seguimiento en centros privados autorizados por las comunidades autónomas, según datos del Registro Español de Tumores Infantiles (RETIB).
Las familias advierten de un efecto dominó sociolaboral
Antecedentes legales y normativos
La CUME nació en 2011 como una medida excepcional para garantizar la continuidad del cuidado sin pérdida de derechos laborales. Su régimen se rige por el RD 1148/2011, modificado parcialmente en 2015 y 2019. El nuevo borrador, aún en consulta pública hasta el 30 de julio de 2026, pretende sustituirlo íntegramente.
Impacto real en las familias
Más del 64 % de los cuidadores principales son mujeres, según la Encuesta de Condiciones de Vida 2025 del INE. La nueva normativa las expone a una doble presión: la carga emocional del cuidado y la amenaza de pérdida de empleo por imposibilidad de cumplir con los trámites. ASFACUME ha registrado un aumento del 28 % en consultas sobre despidos improcedentes desde principios de 2026.
Claves del asunto
- El borrador exige informes médicos firmados por especialistas ajenos a Atención Primaria, aunque el seguimiento se realice en centros de salud.
- Se incorpora el horario escolar como criterio de concesión, sin mecanismos alternativos de acreditación del impacto clínico.
- Se limita la validez de los informes médicos al sistema público, excluyendo a familias que reciben tratamiento en centros privados concertados.
- Se impone una inspección médica cada dos años, aunque el diagnóstico sea crónico y establecido.
- ASFACUME estima que el 37 % de las solicitudes actuales serían rechazadas bajo los nuevos requisitos.
La asociación advierte que estas medidas no solo vulneran el principio de igualdad de acceso recogido en el artículo 14 de la Constitución, sino que contradicen el Reglamento (UE) 2021/1150, que obliga a los Estados miembros a garantizar la protección social sin discriminación por condición de salud. La consulta pública finaliza el 30 de julio. Hasta entonces, ASFACUME mantiene una campaña de recogida de firmas y testimonios para presentar una propuesta alternativa al Consejo de Estado.
